Resumen
Es un hecho, no menesteroso de gran contrastación, la existencia, dentro de un sector muy amplio de la sociedad española, de una opinión constante sobre que, en el nada exiguo campo de lo penal (en su dimensión sustantiva, procesal y penitenciaria), puede y debe observarse, al menos para el propio País, muy relevantes desequilibrios. Siendo los más llamativos los consistentes en trato desigual, con respecto al reconocimiento de derechos y deberes de cada una de las partes naturales , contendientes en el conflicto traído por el hecho criminoso. Debidos principalmente, gran parte de aquéllos, a determinados planteamientos y técnicas legales, a algunas resoluciones judiciales (sean de ámbito nacional o internacional (recuérdese las últimas sentencias del TEDH versus España) o a ambas. Siendo llamativo, también, que serían, según la precitada opinión, los delincuentes más peligrosos (midiendo la peligrosidad por la entidad y gravedad del bien jurídico por ellos quebrantado y por su modus operandi , técnicamente avanzado y dolosamente sibilino) los más beneficiados. Todo ello, a costa de la sociedad en cuanto tal y, sobre todo, de las víctimas concretas, directas o individualizadas.